El Ministerio de Transporte propuso una nueva medida que obliga a limitar las velocidades máximas de los vehículos de transporte y cargas desde su fabricación.
Esta iniciativa alcanzará a 14.649 vehículos, a 34.487.117 pasajeros que viajan por año en el transporte de pasajeros de larga distancia y a 3500 pasajeros que utilicen por año colectivos urbanos en el Área Metropolitana.
La velocidad máxima establecida para el transporte de pasajeros interurbano, de larga distancia, combis y el transporte público urbano que circule por autopista será de 100 kilómetros por hora, los servicios de transporte de cargas tendrán limitada su velocidad máxima a 90 kilómetros por hora y los colectivos que circulen dentro de los cascos urbanos podrán hacerlo hasta 60 kilómetros por hora.
Por último, la normativa pretende garantizar la seguridad del sistema de transporte y mejorar la seguridad vial. Asimismo, la medida será aplicada a vehículos 0km y también para colectivos y camiones usados de todas las categorías fabricados a partir de 2015. Para eso, desde la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) elaborará un cronograma de implementación, en el cual su aplicación será de seis meses para transporte de pasajeros de media y larga distancia y un año para camiones.
Fuente: 100% seguro
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